Regla 19. FALTAS Y SANCIONES

19.1. En ningún momento, los técnicos, jugadoras y entrenadores, ya sea desde el banco, el cajón del entrenador o desde el terreno de juego, deberán:

  1. Incitar, o tratar de incitar, por medio de palabras o gestos a los espectadores a que realicen demostraciones de agresión.
  2. Usar lenguaje que de alguna manera pueda referirse directa o indirectamente a las jugadoras contrarias, de su equipo, un árbitro o a
    cualquier espectador de manera impropia.
  3. Pedir “tiempo” o emplear otra palabra o frase o cometer cualquier acto, cuando el balón está vivo y en juego, con el deliberado
    propósito de provocar que la lanzadora cometa una falta.
  4. Hacer contacto intencional con el árbitro en cualquier forma.
  5. Ninguna defensora podrá ocupar una posición en la línea de visión de la pateadora.
  6. La pateadora no actuará de alguna forma para distraer a la lanzadora, es considerado propósito antideportivo.
  7. Burlase o hacer una parodia del juego.

19.2. Cuando un técnico, jugadora o entrenador es expulsado(a) del juego, deberá abandonar el campo inmediatamente y no tomará parte posterior en el mismo. Deberá permanecer en el vestuario, o bien cambiarse de ropa o tomar asiento entre los espectadores, pero suficientemente alejado(a) de las proximidades del terreno de juego y de los bancos.

Cuando las ocupantes del banco, demuestren desaprobación violenta de una decisión; el árbitro deberá amonestarlas para que cesen estas
manifestaciones. Si las manifestaciones continuasen, el árbitro ordenará a las infractoras que se marchen. Si no es posible localizar a la infractora, de continuar las manifestaciones, será expulsado el técnico. Todo técnico, entrenador o jugadora expulsada(o) debe cumplir con un juego de suspensión. Si la falta es considerada de gravedad, la comisión técnica aplicará la sanción respectiva.

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