Reglas del Tenis

APÉNDICE VII – PROCEDIMIENTOS DE REVISIÓN Y VISTAS SOBRELAS REGLAS DEL TENIS

1. INTRODUCCIÓN

1.1 Estos procedimientos fueron aprobados por el Consejo de Administración de la Federación Internacional de Tenis ("Consejo de Administración") el 17 de mayo de 1998.

1.2 El Consejo de Administración puede de vez en cuando, ampliar, enmendar o variar estos procedimientos.

2. OBJETIVOS

2.1 La Federación Internacional de Tenis es la guardiana de las Reglas del Tenis y se compromete a:

  1. preservar el carácter tradicional y la integridad del juego del tenis;
  2. preservar activamente la destreza tradicionalmente requerida para jugar al tenis;
  3. promover toda mejora que mantenga el desafío del juego; y a
  4. asegurar una competición justa.

2.2 Para asegurar revisiones y vistas justas, consistentes y prontas en relación con las Reglas del Tenis, se aplicarán los procedimientos establecidos a continuación.

ÁMBITO

3.1 Estos procedimientos se aplicarán a todas las decisiones sobre:

  1. Regla 1 – La pista o cancha.
  2. Regla 3 – La pelota.
  3. Regla 4 – La raqueta.
  4. Los apéndices I y II de las Reglas del Tenis.
  5. Cualquier otra regla de tenis que la Federación Internacional de Tenis decida.
4. ESTRUCTURA

4.1 Siguiendo estos procedimientos, las decisiones serán tomadas por un Consejo de Resoluciones.

4.2 Dichas resoluciones serán finales, con derecho a apelación ante un Tribunal de Apelaciones de conformidad con estos procedimientos.

SOLICITUDES

5.1 Se tomarán resoluciones:

  1. después de una moción del Consejo de Administración; o
  2. después de recibir una solicitud conforme a los procedimientos establecidos a continuación
6. NOMINACIÓN Y COMPOSICIÓN DE LOS CONSEJOS DE RESOLUCIONES

6.1 Los Consejos de Resoluciones serán nombrados por el presidente de la Federación Internacional de Tenis ("Presidente") o la persona nombrada en su lugar y estará compuesto del número de personas que el Presidente o su sustituto determinen.

6.2 Si se nombra a más de una persona, el Consejo de Resoluciones designará a una persona de entre sus miembros para hacerse cargo de la presidencia de este consejo.

6.3 La persona a cargo de la presidencia tendrá derecho a regular los procedimientos antes y durante cualquier revisión y (o) vista de un Consejo de Resoluciones.

DECISIONES PROPUESTAS POR EL CONSEJO DE RESOLUCIONES

7.1 Los detalles de cualquier resolución propuesta como consecuencia de una moción del Consejo de Administración pueden proporcionarse a cualquier persona de buena fe, o jugador, fabricante de equipamiento, asociación nacional o socio que tenga interés en dicha resolución.

7.2 Toda persona que sea notificada tendrá un período razonable durante el cual podrá presentar comentarios, objeciones o peticiones de información al Presidente o a su sustituto, en relación con la resolución propuesta.

8. SOLICITUD PARA RESOLUCIONES

8.1 Toda parte con un interés de buena fe en la resolución, incluyendo cualquier jugador, fabricante de equipamiento, asociación nacional o socio puede hacer una solicitud para una resolución.

8.2 Toda solicitud para una resolución debe ser presentada por escrito al Presidente.

8.3 Para que una solicitud para una resolución sea válida debe incluir, como mínimo, la siguiente información:

  1. El nombre y dirección completos del solicitante.
  2. La fecha de la solicitud.
  3. Una declaración identificando claramente el interés del solicitante en la cuestión que se solicita en la resolución.
  4. Todas las pruebas y documentación pertinentes en las que el solicitante se va a basar durante una vista.
  5. Si, en la opinión del solicitante, se necesita evidencia experta, él incluirá una petición para que se oiga el testimonio experto. Dicha petición debe identificar el nombre de la persona experta propuesta y su competencia en el ámbito.
  6. Cuando se haga una solicitud para una resolución sobre una raqueta u otra pieza de equipamiento, un prototipo o copia idéntica del equipamiento en cuestión debe ser presentado con la solicitud.
  7. Si en la opinión del solicitante, hay circunstancias extraordinarias o poco comunes, que requieren que se tome una decisión dentro de un período específico o antes de una fecha en particular, él (ella) incluirá una declaración describiendo esas circunstancias extraordinarias o excepcionales.

8.4 Si una solicitud para una resolución no contiene la información y (o) equipamiento mencionado en las cláusulas 8.3 (a)-(g) anteriores, el Presidente o su sustituto se lo notificará al solicitante dándole un período razonable para remediar el defecto. Si el solicitante no pone remedio al defecto durante el tiempo especificado, la solicitud será rechazada.

9. CONVOCACIÓN DEL CONSEJO DE RESOLUCIONES

9.1 Al recibir una solicitud válida o como consecuencia de una moción del Consejo de Administración, el Presidente o su sustituto puede convocar un Consejo de Resoluciones para que considere la solicitud o moción.

9.2 El Consejo de Resoluciones no necesita celebrar una vista para considerar la solicitud o moción cuando en la opinión de la persona a cargo de la presidencia dicha solicitud o moción, puede resolverse de manera satisfactoria sin una vista.

10. PROCEDIMIENTO DEL CONSEJO DE RESOLUCIONES

10.1 La persona a cargo de la presidencia del Consejo de Resoluciones determinará la forma, procedimiento y fecha convenientes para una revisión y (o) vista.

10.2 La persona a cargo de la presidencia proporcionará notificaciones por escrito de aquellos asuntos estipulados en la cláusula 10.1 anterior, al solicitante, o a cualquier persona o asociación que haya expresado interés en la resolución propuesta.

10.3 La persona a cargo de la presidencia determinará todos los asuntos relacionados con las pruebas y no estará obligada por reglas judiciales que gobiernen el procedimiento y admisión de pruebas, siempre que la revisión y (o) vista sea realizada de una forma satisfactoria con oportunidades razonables para todas las partes implicadas en la presentación del caso.

10.4 Siguiendo estos procedimientos, toda revisión y (o) vista:

  1. a. se celebrará a puerta cerrada;
  2. b. puede ser suspendida y (o) pospuesta por el Consejo de Resoluciones.

10.5 La persona a cargo de la presidencia podrá a su discreción, invitar de vez en cuando a alguien con una aptitud o experiencia especial a formar parte del Consejo de Resoluciones para que se encargue de asuntos específicos que requieran dicha experiencia o aptitud especial.

10.6 El Consejo de Resoluciones tomará sus decisiones por una mayoría simple. Ningún miembro del Consejo se abstendrá.

10.7 La persona a cargo de la presidencia tendrá discreción total para hacer dicha petición contra el solicitante [y (u) otros individuos u organizaciones que hagan comentarios, pongan objeciones o pidan información durante una revisión o vista] en relación con el coste de la solicitud y (o) los gastos razonables ocasionados por el Consejo de Resoluciones para efectuar pruebas, obtener informes relacionados con el equipamiento, sujeto a que se tome la decisión como lo considere apropiado.

11. NOTIFICACIÓN

11.1 Una vez el Consejo de Resoluciones ha alcanzado una decisión, notificará por escrito al solicitante, o a cualquier persona o asociación que haya expresado interés en la resolución propuesta tan pronto como sea razonablemente práctico.

11.2 Dicha notificación incluirá un informe con los razonamientos por los que el Consejo ha tomado la decisión.

11.3 Después de que el solicitante ha sido notificado o en la fecha que especifique el Consejo de Resoluciones, la decisión del Consejo será inmediatamente vinculante conforme a las Reglas del Tenis.

12. APLICACIÓN DE LAS REGLAS DEL TENIS ACTUALES

12.1 Sujeto al poder del Consejo de Resoluciones para emitir decisiones provisionales, las Reglas de Tenis actuales continuarán siendo vigentes hasta que una revisión (o vista) del Consejo de Resoluciones finalice y dicho Consejo tome una decisión final.

12.2 Anteriormente y durante una revisión y (o) vista, el presidente del Consejo de Resoluciones puede emitir tales directrices como se consideren razonablemente necesarias para la implementación de las Reglas del Tenis y de estos procedimientos, incluyendo la emisión de decisiones provisionales.

12.3Dichas decisiones provisionales pueden incluir órdenes judiciales sobre la utilización de cualquier equipamiento conforme a las Reglas de Tenis, sujeto a que el Consejo de Resoluciones tome una decisión final sobre si ese equipamiento cumple las especificaciones estipuladas en las Reglas del Tenis.

13. NOMBRAMIENTO Y COMPOSICIÓN DEL TRIBUNAL DE APELACIONES

13.1 Los tribunales de apelaciones serán nombrados por el Presidente o la persona que lo sustituya, de entre los miembros del Consejo de Administración o del Comité Técnico.

13.2 Ningún miembro de un Consejo de Resoluciones que tomó la decisión original será miembro del Tribunal de Apelaciones.

13.3 El Tribunal de Apelaciones constará de tantos miembros como el Presidente o la persona que lo sustituya determinen, pero no serán menos de tres.

13.4 El Tribunal de Apelaciones nombrará a una persona de entre ellos mismos para encargarse de la presidencia.

13.5 La persona encargada de la presidencia tendrá derecho a regular los procedimientos antes de una apelación y en cualquier momento durante la misma.

14. SOLICITUD DE APELACIÓN

14.1 Un solicitante (o persona o asociación que ha expresado interés y ha presentado comentarios, objeciones o peticiones a la propuesta de una resolución) puede apelar a cualquier decisión del Consejo de Resoluciones:

14.2 Para que una solicitud de apelación sea válida debe:

  1. a. hacerse por escrito a la persona a cargo de la presidencia del Consejo de Resoluciones que tomó la decisión como máximo 45 días después de la notificación de la decisión;
  2. b. señalar los detalles de la decisión contra la que se apela; y
  3. c. debe incluir todos los razonamientos de la apelación.

14.3 Después de haber recibido una solicitud de apelación válida, la persona a cargo de la presidencia del Consejo de Resoluciones que tomó la decisión original puede requerir una cuota de apelación razonable a ser pagada por el apelante como condición de la apelación. Dicha cuota de apelación será devuelta al apelante si la apelación tiene éxito.

15. CONVOCACIÓN DEL TRIBUNAL DE APELACIÓN

15.1 El Presidente o la persona que lo sustituya convocará un Tribunal de Apelación después de que el apelante haya pagado la cuota de apelación.

16. PROCEDIMIENTOS DEL TRIBUNAL DE APELACIÓN

16.1 El Tribunal de Apelación y su presidente seguirán los procedimientos y vistas de acuerdo con lo estipulado en las secciones 10, 11 y 12 anteriores.

16.2 Después de que se haya notificado al apelante o en la fecha que especifique el Tribunal de Apelación, la resolución del Tribunal de Apelación será inmediatamente vinculante y definitiva bajo las Reglas del Tenis.

17. GENERAL

17.1 Si un Consejo de Resoluciones consiste en un solo miembro, ese miembro será responsable de regular la vista como presidente y determinará los procedimientos a ser seguidos antes de y durante la vista o revisión.

17.2 Todas las revisiones y (o) vistas serán realizadas en inglés. En toda vista donde el solicitante y (u) otros individuos u organizaciones que hagan comentarios, objeciones o pidan información, no hablen inglés, se debe disponer de un intérprete. Cuando quiera que sea posible la persona que interprete será independiente.

17.3 El Consejo de Resoluciones o el Tribunal de Apelación puede publicar fragmentos de sus propias resoluciones.

17.4 Todas las notificaciones a ser hechas con arreglo a estos procedimientos deberán ser por escrito.

17.5 Toda notificación hecha de conformidad con estos procedimientos se considerará notificada en la fecha en que fue comunicada, enviada o trasmitida al solicitante o a quien fuese pertinente.

17.6 Un Consejo de Resoluciones podrá a su discreción ignorar una solicitud si en su razonable opinión, la solicitud es considerablemente similar a una solicitud o moción que el Consejo ya ha decidido y (o) tomado una resolución durante los 36 meses anteriores a la fecha de solicitud



Hay 26 comentarios »

  1. Ma Fernanda Villalva dijo:
    01/02/2010 @ 1:09 am

    durante un partido en el cambio de game iba 5-5 y una de las personas del publico se dirijio a mi diciendome que me calle que hago mucha bulla al jugar, yo no creo que es bulla son sonidos típicos por la fuerza con la que se juega y personalmente no creo que exista uno norma que impida a los tenista expresarse narturalmente en su juego emitiendo sonidos propios del tenis.
    la pregunta es existe alguna norma al respecto?

  2. Ma Fernanda Villalva dijo:
    01/02/2010 @ 1:11 am

    existe alguna norma enb el tenis que impida emitir sonidos o gemidos propios del esfuerzo al jugar tenis?

  3. Jose González dijo:
    21/02/2010 @ 12:20 pm

    Un jugador es golpeado por la pelota, sin botar en el suelo, cuando se encuentra fuera de los límites de la pista. Ejemplo, un jugador en el fondo de la pista es golpeado por un a bolea que no ha tocado suelo. ¿De quién es punto?

  4. lety dijo:
    03/03/2010 @ 18:58 pm

    si toca la red no tiene por que no sre punto porque si pasa al otro lado del campo vale verdad??

  5. marya dijo:
    14/03/2010 @ 17:56 pm

    tengo que hacer un trabajo de educacion fisica y no puedo copiar el reglamento entero.
    Podrian resumirlo?cuanto antes mejor

  6. blanca dijo:
    25/03/2010 @ 21:49 pm

    podian poner todas las reilas del tenis

  7. P. WILKSON SILVA P. dijo:
    06/04/2010 @ 22:02 pm

    MUY INTERESANTE ESTE SITIO
    LOS FELICITO
    QUISIERA SABER QUIENES DISEÑARON EL SITIO Y
    QUE COMPAÑIA O EMPRESA O
    PERSONA ESTA A CARGO DEL SITO
    OK
    BYE
    SUERTE
    SUN.-LI
    WILSON SILVA

  8. tupzee pohop!! dijo:
    08/06/2010 @ 19:49 pm

    p`z esta mui completa esta pahina ii la verdad vale la pena bajar tu informacion de aqui

  9. gisel Reyes dijo:
    17/07/2010 @ 1:51 am

    cuales son los criterios de desempate entre 3 primeros lugares???o donde los puedo buscar
    gracias

  10. andres velazquez dijo:
    03/09/2010 @ 5:03 am

    Dentro de las reglas de conducta, durante el juego de dobles,es valido o no que el oponente que esta en la red haga movimientos(fintas) para distraer al oponente, con brazos en alto y raqueta al momento de que uno va a golpear la pelota? como se sanciona?

    gracias por su respuesta

    atte,andres

  11. bigote dijo:
    06/09/2010 @ 19:10 pm

    ¿ cuales son las faltas de saque?
    gracias

  12. lacajuana dijo:
    14/09/2010 @ 14:51 pm

    el tenis es divertido yvacano

  13. nidia dijo:
    20/09/2010 @ 1:32 am

    toda esta informacion esta barbara esta de maravilla y sobre todo muy complementada me gusto arto esta pagina y felicito aquien la ideo es un super inteligente

  14. melvin andrey dijo:
    18/10/2010 @ 19:26 pm

    que pasaria en coso de que el clima o el tiempo no permita que el juego continue.

  15. angelica fernanda dijo:
    05/02/2011 @ 1:16 am

    jugar tennis es divertido

  16. Anonimo dijo:
    23/02/2011 @ 17:07 pm

    quiero saber exactamente las acciones qe si y qe no se pueden hacer (basicas) en un partido de tenis !!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!! Urgente !!!!!!!

  17. manuel jaque reinoso dijo:
    07/03/2011 @ 21:46 pm

    Es valido pasar la red con la raqueta para pegarle a la pelota o despues de haber hecho el golpe??

  18. mariajesus dijo:
    25/03/2011 @ 21:28 pm

    esO es demasiadOoOoOo

  19. juan josé dijo:
    17/06/2011 @ 16:26 pm

    Desearía conocer en un juego de dobles cuales son las posibilidades de ubicación del jugador compañero del servidor en el caso de utilizar el sistema a la Australiana?

    Cordialmente

    Jj

  20. Alberto dijo:
    25/07/2011 @ 6:07 am

    Consulta sobre regla 36 caso 5: ¿significa que el compañero del restador puede estar pisando la zona de saque de su propio compañero quien devuelve el servicio?
    ¿Qué ocurre si el sacador le pega un pelotazo? Pensemos no en aficionados, sino en una pelota que se traslada a 200 km/h …
    Si realmente fuera así, ¿esto no es una actitud antideportiva, ya que especula con el temor del sacador por provocarle una lesión a quien que se coloca en esa posición?
    El texto no es claro a partir de ‘No obstante…’. Quisiera ejemplos concretos de que significa ‘molestando’, palabra que figura más abajo de lo anteriormente señalado.
    Muchas gracias.

  21. Jose Enrique dijo:
    27/07/2011 @ 20:01 pm

    tengo una duda,estamos jugando un campeonato social,y resulta que ha habido un triple empate(5 ganados y 1 perdido)en mi grupo.La pregunta es como solucionamos que 2 jugadores pasan a la siguiente ronda.Muchas gracias

  22. ivan dijo:
    10/08/2011 @ 20:59 pm

    cuando un jugador golpea la pelota cruzando la linea imaginaria.
    o bien cruza la linea imaginaria de la red y golpea la pelota eso es considerado como invacion al area y el jugador que cruza la malla pierde el punto???

    lo digo pq uno de las reglas dice antes o despues no pierde el punto, pero no dice nada del momento de golpe.

  23. leo dijo:
    25/09/2011 @ 18:53 pm

    si la pelota toca el campo y luego sale fuera y fuera da el segundo vote para quien es punto para el que saca o para quien no llega a la pelota y da el vote en su campo y luego el se gundo vote da fuera de su campo

  24. sebastian goez dijo:
    20/10/2011 @ 2:37 am

    FeLiCiTaCiOnEs… PoR eStE SiTiO

  25. Mirtha Comas dijo:
    23/10/2011 @ 20:57 pm

    Favor informarme si es aceptado el doble bote de la pelota en la raqueta en el momento de pegar. Si es aceptado ¿cuando cambió la regla?

  26. José Zerpa dijo:
    11/11/2011 @ 10:35 am

    Respecto a la pregunta de Mirtha Comas, “Favor informarme si es aceptado el doble bote de la pelota en la raqueta en el momento de pegar. Si es aceptado ¿cuando cambió la regla?”.

    El reglamento establece que un jugador pierde el punto si para o retiene deliberadamente la pelota en juego sobre su raqueta o la toca deliberadamente con su raqueta más de una vez. Ed decir, que un doble bote de la pelota en la raqueta solamente puede ser aceptado si el mismo se produce sin intención y solo cuando es un solo movimiento contínuo. Es decir, que no exista la intencionalidad de golpear dos veces la pelota.

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