Regla 8 – Ventaja

El referee no hará sonar el silbato por una infracción durante el juego cuando sea seguida de una ventaja lograda por el equipo no infractor. La ventaja debe ser territorial o una posesión tal de la pelota que constituya una evidente ventaja táctica. No es suficiente una mera oportunidad de obtener ventaja.

Nota (I)
Se acuerdan al referee amplias facultades para decidir respecto de lo que constituye una ventaja y ésta no está limitada a una ventaja territorial. El referee es el único juez de si se ha obtenido una ventaja.

Nota (II)
Ningún equipo puede obtener ventaja de las siguientes circunstancias:

  1. Cuando la pelota o un jugador que la porta toca al referee (Ley 9 (1));
  2. Cuando la pelota surge por cualquier extremo del túnel en un scrum sin haber sido jugada (Ley 20 Nota (XIX)).

Nota (III)
Cuando ocurre cualquier irregularidad de juego no prevista en las leyes se formará un scrum en el lugar donde la irregularidad ocurrió. Para decidir cuál de los equipos debe introducir la pelota, el referee debe aplicar la Ley 20 (7).

 

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